El Ayuntamiento aprobó en el pleno extraordinario del pasado 27 de abril de 2020 una serie de bonificaciones en la factura del suministro del agua para aquellas empresas, comercios, autónomos o afectados por un ERTE debido a los efectos del estado de alarma por el Covid-19.
Estas ayudas se pueden solicitar antes del 31 de mayo de 2020 por:
– Correo electrónico: informacion@pedrezuela.info
-Administración electrónica: https://bit.ly/39ZCzPb
Horario de atención: de 8:30 a 14:30 horas (de lunes a viernes laborales)
Teléfono: 91 843 30 53
Información completa sobre las bonificaciones
Formulario de solicitud de bonificación
A continuación se detalla toda la información y requisitos para solicitar dichas bonificaciones:
BONIFICACIÓN PARA EMPRESAS Y COMERCIOS
Si tienes un contrato de uso comercial o industrial y la reducción de la actividad de tu negocio se ha visto afectada en un 30 por 100 entre el inicio del estado de alarma y hasta los tres meses siguientes a dicho inicio en relación con el promedio mensual de facturación del semestre inmediatamente anterior a la declaración del estado de alarma.
¿Qué se bonifica y durante cuánto tiempo?
- Mientras dure el estado de alarma, se bonifica el 100% del importe de la cuota de servicio fija.
- Durante los 6 meses posteriores al estado de alarma, se bonifica el 50% de la cuota de servicio fija.
- Durante los 6 meses posteriores al anterior periodo, se bonifica el 25% de la cuota de servicio fija.
¿Qué documentación debes aportar?
Declaración responsable de suspensión de actividad o de que la actividad empresarial de tu negocio se haya reducido al menos un 30%.
BONIFICACIÓN PARA AUTÓNOMOS
Si tienes un local comercial, te aplicaremos la bonificación para el contrato de agua de tu negocio, con las condiciones expuestas en el apartado anterior.
Además, bonificaremos el consumo en tu domicilio si:
- Eres perceptor de la prestación extraordinaria por cese de actividad.
- La renta total de tu unidad familiar es inferior a 1400 €/mes.
¿Qué se bonifica y durante cuánto tiempo?
Mientras dure el estado de alarma y durante un plazo no superior a 3 meses, se bonifica:
- El 50% de la cuota de servicio fija.
- El importe total de la cuota variable, hasta un máximo de 25m3 al bimestre.
Esta bonificación es compatible con la de familia y vivienda numerosa.
¿Qué documentación debes aportar?
- Certificación oficial de ser perceptor de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad.
- Declaración responsable de que con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma la renta percibida por la unidad familiar no supera los 1400 euros/mes.
- Si no eres titular del contrato o el suministro está a nombre de tu comunidad de propietarios, debes presentar el certificado de empadronamiento correspondiente.
BONIFICACIÓN PARA AFECTADOS POR UN ERTE
Si estás afectado por un ERTE y no recibes ningún complemento salarial adicional a la prestación por desempleo, obtendrás un descuento en la factura del agua de tu vivienda habitual.
¿Qué se bonifica y durante cuánto tiempo?
Mientras dure la situación de desempleo, se bonifica:
- El 50% de la cuota de servicio fija.
- El importe total de la cuota variable, hasta un máximo de 25m3 al bimestre.
Esta bonificación es compatible con la de familia y vivienda numerosa.
¿Qué documentación debes aportar?
- Certificación oficial de encontrarte afectado por un ERTE.
- Declaración responsable de que con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma la renta percibida por la unidad familiar no supera los 1400 euros/mes.
- Si no eres titular del contrato o el suministro está a nombre de tu comunidad de propietarios, debes presentar el certificado de empadronamiento correspondiente.