ELECCIONES EUROPEAS (9 de junio): Información de interés
A continuación el Ayuntamiento de Pedrezuela facilita una serie de documentos de interés para los miembros de las mesas electorales:
- Información ante posibles incidencias y con datos de contacto: documento para descarga.
- Manual de Instrucciones: documento para descarga.
- Folleto informativo con instrucciones breves: documento de descarga.
Instrucciones de la Junta Electoral Central sobre el acceso con animales de compañía a los locales electorales:
Ante la concurrencia de personas prevista ese día, no se debe admitir el acceso con animales de compañía al interior de los locales electorales, salvo los perros de asistencia o los pertenecientes a Cuerpos de Seguridad.
Acceso: documento expediente 339/249 de la Junta Electoral de Zona de Madrid.
Consultas del censo electoral y presentación de reclamaciones
Plazo: del 22 al 29 de abril de 2024 Con ocasión de las elecciones al Parlamento europeo, que en España se celebrarán el 9 de junio de 2024, el Ayuntamiento de Pedrezuela expone a consulta y presentación de reclamaciones en el periodo arriba indicado. La consulta se efectuará de manera online en la Oficina del Padrón Municipal del Ayuntamiento previa identificación del interesado(a) con DNI, pasaporte o permiso de conducir donde aparezca la fotografía del titular.
MESAS ELECTORALES
Consulta lista de mesas electorales
Voto por correo
Plazos
¿Cómo pedir el voto por correo?
- Se puede solicitar en las oficinas de correos de España, presentando el DNI, pasaporte o carnet de conducir original.
También se puede pedir de forma telemática a través de la web correos.es (se requiere DNI electrónico o con un certificado digital válido).
2. Recepción de las papeletas
Una vez realizada la solicitud, Correos traslada la petición a la Oficina del Censo Electoral que hace las comprobaciones necesarias y, si todo es correcto, emite un certificado de que el elector está inscrito en el censo electoral y anota que esa persona votará por correo.
La oficina electoral envía por correo certificado al domicilio del votante la documentación necesaria: papeletas, sobres, el certificado del censo, un sobre con la dirección de la mesa que le correspondería votar -en el que introducirá su voto y el certificado- y una explicación de cómo cumplimentar todo lo anterior. Esta entrega debe ser presencial.
El votante tiene que firmar personalmente la recepción de los documentos, previa acreditación de su identidad. Si la persona no se encuentra en casa cuando el cartero viene a entregar la documentación, deberá acudir a una oficina de Correos para recogerla.
3. Emitir el voto por correo
El elector debe remitir su voto por correo certificado, introducido en el sobre con la dirección de su mesa electoral. Esta gestión vuelve a hacerse de nuevo en las oficinas de Correos.